Pienso que cuando un tribunal expone más de dos argumentos para sostener el sentido de su resolución y agrega, insiste, redunda, vuelve a argumentar y vuelve a concluir lo mismo, no hace sino titubear, dudar de la contundencia de su criterio y tratar de convencerse de que es correcto.
Desafortunadamente, ese tipo de argumentación tan abundante y redundante, a veces no hace sino evidenciar lo forzado e incorrecto del sentido de la resolución.
En cambio, cuando un tribunal encuentra el sentido correcto de la solución a un problema jurídico y lo ve tan claro y tan contundente, lo plantea así, con argumentos precisos y comprensibles y no tiene duda en conceder la razón a alguna de las partes.
Y no es que esté criticando... estoy diciendo, nada más. Argumentar es como construir. Cuando tienes una buena cimentación, no necesitas andar apuntalando. ¿O cómo la ven?
También pienso que un exceso de argumentación para desfavorecer al administrado, al gobernado o al quejoso, no denota sino un ánimo inquisitivo que no debe ser propio del órgano de control de legalidad y menos del de regularidad constitucional.
Exponer un argumento tras otro sólo para privar al gobernado de su derecho a defenderse, aleja al tribunal de ser ministrador de justicia y lo acerca peligrosamente al verdugo que es juez y partícipe del estado absolutista que siempre tiene la razón y contra el cual los gobernados no pueden sino aceptar sin protesta que se haga su entera voluntad.



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